Esperando el Milagro

1.- Siervo de Dios

  1. El candidato debe ser presentado por una persona jurídica (Instituto de Vida Consagrada o Diócesis) que se transforma en el actor de la causa.
  2. Se debe recopilar la biografía del Siervo de Dios y un listado de testigos. El actor presenta la solicitud al obispo diocesano para abrir la causa.
  3. El obispo diocesano debe dar un decreto sobre los escritos del Siervo de Dios. Estos escritos deben ser analizados por dos teólogos que los revisaran desde la ortodoxia, la mora y las buenas costumbres.
  4. Luego de escuchar el parecer de la comisión el obispo diocesano señala el “Nihil obstat” de la causa y se pide a la Congregación de la Causa de los Santos que se mencione sobre ella.
  5. Se constituye la comisión histórica que realiza una vida crítica y entregan su parecer al Obispo diocesano.
  6. Se constituye el Tribunal Diocesano para realizar la apertura del proceso de Beatificación y Canonización del Siervo de Dios.
  7. El vice-postulador y un delegado realizan el cuestionario para los testigos sobre la vida y fama del Siervo de Dios.
  8. Recogiendo todos estos antecedentes se cierra el proceso diocesano. EL vice-postulador de la causa lleva el proceso al Postulador General y pide número para ingresar la causa a la Congregación de la Causa de los Santos en Roma.
  9. La Congregación de la Causa de los Santos nombra un Relator para comenzar la Positio. El relator nombra un ayudante externo para la investigación.
  10. Concluida la Positio se nombra una comisión de nueve teólogos que estudian la Positio a fondo sobre las virtudes heroicas del Siervo de Dios.
  11. Luego de escuchar el parecer y el voto de la comisión la comisión de Cardenales y Obispos entrega el Decreto Super Virtutibus donde se reconoce al Siervo de Dios el título de Venerable.

2.- Venerable

  1. El proceso continúo con la búsqueda de un milagro, a saber: reconocer la intervención divina sobre sanaciones. Estas sanaciones deben ser instantáneas y permanentes. La intervención divina tiene que relacionarse en la causa y el efecto.
  2. Frente al milagro se debe contar con el testimonio del paciente; presentar la información médica.
  3. Se reúne una comisión médica civil que debe certifica y atestiguar que la sanación es un hecho inexplicable.
  4. El Vice-Postulador de la Causa recurre al obispo diocesano para que se manifieste el tribunal eclesiástico.
  5. El tribunal eclesiástico se asesora por una comisión de teólogos y médicos quedan su veredicto frente al posible milagro.
  6. Recogiendo todos estos antecedentes se cierra el proceso diocesano. EL vice-postulador de la causa lleva el proceso al Postulador General y se ingresa el posible Milagro y los documentos respectivos a la Congregación de la Causa de los Santos en Roma.
  7. La Congregación de la Causa de los Santos nombra una comisión de teólogos y médicos especializados que estudian y analizan el supesto milagroa atribuido al Venerable Siervo de Dios.
  8. Luego de escuchar el parecer y el voto de la comisión de Teologos y médicos; la comisión de Cardenales y Obispos entrega el Decreto Super MIraculo donde se reconoce al Venerable Siervo de Dios el título de Beato.
  9. Esta celebración de beatificación se realiza en la Iglesia diocesana y es presidida por el Obispo diocesano.

3.- Beato

  1. Esta es la última etapa del proceso de canonización del Beato. Necesariamente hay que continuar la búsqueda de un segundo milagro con los mismos antecedentes que en el proceso de Venerable.
  2. Para examinar el posible milagro la Congregación de las Causa de los Santos sigue el mismo procedimiento anteriormente descrito
  3. Luego de escuchar el parecer y el voto de la comisión de Teólogos y médicos; la comisión de Cardenales y Obispos entrega el Decreto Super MIraculo donde se reconoce al Beato el título de Santo.

4.- Canonización

  1. El santo Padre con los antecedentes anteriormente señalados, aprueba el decreto de canonización. El Papa convoca al Consistorio Ordinario Publico, donde informa a todos los cardenales de la Iglesia que el Beato será declarado Santo y determina la fecha de la canonización
  2. Concluye el proceso de canonización que es presidida por el Papa.